Glosario Fiscal

¿Qué es el Fondo para Diagnósticos y Tratamientos de Alto Costo?

En palabras simples

El Fondo para Diagnósticos y Tratamientos de Alto Costo fue creado por el artículo 19 de la Ley N°20.850 y está destinado al financiamiento total o parcial de diagnósticos y tratamientos de alto costo con Sistema de Protección Financiera, incluidos en el decreto 13 de 2017 del Ministerio de Salud.

Definición Técnica

En base a la ley 20.850, este fondo sirve de fuente de financiamiento del Sistema de Protección Financiera que crea dicho cuerpo normativo, que garantiza la atención a los ciudadanos de aquellos diagnósticos y tratamientos declarados a través del decreto supremo 13 de 2017 del Ministerio de Salud, los cuales formarán parte del Régimen General de Garantías en Salud al que se refiere el artículo 134 del decreto con fuerza de ley Nº1, de 2005, del Ministerio de Salud.

De acuerdo a la misma ley 20.850, el fondo estará constituidos por aportes fiscales anuales por hasta 100 mil millones, por donaciones que se le hagan y herencias y legados que acepte el Ministerio de Hacienda, por los aportes de la cooperación internacional que reciba a cualquier título, y por la rentabilidad que genera la inversión de tales recursos.

Llevado a la Practica

En términos simples, el Fondo de Diagnósticos y Tratamientos de Alto Costo permite que el Estado garantice el apoyo a las personas que, no teniendo los recursos suficientes, puedan financiar en el sistema de salud aquellas atenciones que necesitan para enfrentar ciertas enfermedades, para las cuales su tratamiento implica elevados costos, y que por sí misma el paciente no puede financiar.

Esta garantía para las personas constituyó un anhelo por el cual el fallecido periodista Ricarte Soto impulsó hace algunos años, para que el Estado pudiera disponer de recursos para ir en ayuda de aquellas personas que padecían ciertas enfermedades muy costosas, y que dichos pacientes por sí solos no tenían como enfrentar.




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