Glosario Fiscal

¿Qué es el Fondo de Apoyo Regional?

En palabras simples

El Fondo de Apoyo Regional (FAR) se constituyó con el fin de financiar iniciativas de transporte, conectividad y desarrollo regional, a partir de la promulgación de la ley 20.378 de septiembre de 2009. Es un fondo que pertenece al conjunto de Activos del Tesoro Público, por lo cual son invertidos en el mercado de capitales, para que vayan generando rentabilidad en el tiempo, al igual como ocurre con el resto de los activos del Gobierno.

A este fondo se le conoce también como "Fondo Espejo", dado que buscaba desde un inicio equiparar los grandes aportes y subvenciones que empezó a demandar el nuevo sistema de transporte metropolitano de Santiago (Transantiago) con el resto de las regiones. De esta manera, la lógica inicial es que por cada peso destinado al financiamiento de la operación del Transantiago, entonces un peso adicional iba a estar distribuido entre las distintas regiones, para los fines antes señalados.

Definición Técnica

El artículo Cuarto Transitorio de la Ley 20.378 indica "Créase el Fondo de Apoyo Regional, para el financiamiento de iniciativas de transporte, conectividad y desarrollo regional, en adelante el Fondo, el cual se financiará con las transferencias de los aportes señalados en el artículo Tercero Transitorio y con los recursos establecidos en el artículo 2°, literal ii)".

Asimismo,de acuerdo al artículo tercero transitorio, el FAR se financia mediante la autorización "entre los años 2012 y 2022, de un aporte especial para el transporte, conectividad y desarrollo regional, por hasta $360.000.000 miles anuales, por sobre el monto señalado en el artículo 2º de la presente ley. Asimismo, autorízase un aporte especial adicional al monto anterior, el que podrá ser de hasta $120.000.000 miles el año 2015, 2016, 2017 y de $260.000.000 miles desde el año 2018 hasta el 2022".

Llevado a la Practica

En términos prácticos, el FAR puede financiar las siguientes inciativas:

1.- Grandes Proyectos de desarrollo de infraestructura general, transporte público, modernización, y otros; los que podrán involucrar más de una región y más de un período presupuestario. Entre estos proyectos pueden incluirse:

  • (a) Programa de Renovación de Buses, minibuses, taxibuses y otros medios de transporte regional
  • (b) Infraestructura para el transporte público y la modernización de los sistemas de transporte (Remodelación de paraderos, nuevos corredores de transporte, equipamiento para el control del transporte, etc), y cualquier otra inversión relacionada.



2.- También se puede financiar programas de Apoyo a los servicios de transporte relacionados con ferrocarriles, de forma de financiar su sustentabilidad económica a través de la implementación de mejoras en las condiciones de los servicios prestados a los usuarios.

Con el paso del tiempo, se ha consultado la posibilidad de financiar otras iniciativas distintas al transporte. En base a un dictamen de la Contraloría General de la República, se permitió finalmente que se puedan elegir proyectos no relacionados al transporte y la conectividad regional, aunque estos últimos deben tener la prioridad frente a otros proyectos, con la condición final de que las iniciativas aporten efectivamente al desarrollo regional.




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