Columna

jueves, 26 de marzo de 2020

Por: Jose Mora

#Gobierno central   #Compras   #Salud  

Espacio Riesco y COVID-19

En los últimos días se ha producido un gran revuelo por el arriendo de Espacio Riesco como recinto para el albergue de emergencia personas contagiadas de COVID-19.

El revuelo se produjo esencialmente por dos razones. Como primera, destaca el cuestionamiento del arriendo de un espacio privado sin información acerca de los costos asociados. De hecho, en redes sociales se esparció una falsa noticia que afirmaba que el monto de arriendo pactado sería de 26 millones de pesos diarios. El segundo cuestionamiento corresponde al alto monto pagado por la compra de las camas que se usarán para equipar el recinto.

Es por ello que, como equipo decidimos analizar el tema, y a continuación les presentamos los resultados.

Arriendo de Espacio Riesco.

Espacio riesco

Respecto a este tema, siempre hemos abogado por la transparencia como máxima de los actos administrativos. De hecho, creemos que el principal problema de esta operación está asociado a una falta de transparencia. Las razones para afirmar esto son:

1.-Revisamos las órdenes de compra (OC) generadas a través de Mercado Público al proveedor “Centro de Convenciones S.A.” RUT: 96.946.650-3, constatando que la última OC generada a este proveedor fue la 3310-33-SE20, emitida por FIDAE, el día 24 de febrero.

2.-Revisamos los portales de Transparencia de ambas subsecretarías (Salud Pública y Redes Asistencias) y en ninguno de los casos encontramos una resolución que autorice el acto administrativo.

En conclusión, no hay publicado ningún documento oficial que permita saber aspectos básicos respecto de este acto administrativo, como por ejemplo modalidad de la compra. ¿Fue realizado por trato directo? Y si fue así, ¿fue justificado por la causal de emergencia?, ¿cuál es el monto pactado en el contrato? ¿resultaba ser la alternativa más económica?

Es así como, frente a la imposibilidad de responder interrogantes tan básicas, que la duda surge, pues el día de ayer se difundieron en distintos medios imágenes con el Presidente de la República visitando las instalaciones, lo que da a entender que pese a que no es posible encontrar los documentos oficiales que dan inicio al contrato, el servicio ya está siendo prestado.

Compras de camas para equipar el espacio

El siguiente punto de cuestionamiento corresponde al precio pagado por las camas destinadas a equipar ese espacio.

Camas Hospitalarias

Respecto de este tema, lo primero es dar a conocer que dicho acto administrativo se encuentra respaldado en la orden de compra 1082417-18-CM20. La compra fue realizada por el Administración de Fondos o Fondos Extrapresupuestarios de Redes el 16 de marzo de este año. El producto comprado corresponde a “Camillas de paciente”, correspondiente al código ONU 42192207. El proveedor fue STRYKER CORPORATION CHILE Y COMPANIA LIMITADA, RUT 78.874.470-6, y la transacción se realizó por convenio marco. Lo anterior implica el inicio de una serie de dificultades para realizar un análisis comparativo de precios, dado que los convenios marco no cuentan con la suficiente estandarización de sus productos para poder comparar precios - tal como ya hemos mencionado en una serie de otros documentos

Según datos disponibles de esa compra por convenio marco, el precio unitario pagado por ese producto ascendió a $ 1.942.500 neto por cama.

Para analizar este precio, filtramos las compras de los últimos cinco años de ese código ONU, y para afinar la comparación agregamos como condición que en su descripción contengan las palabras “catre” y “eléctrico”, para hacer algo más comparables los precios; además, excluimos descripciones como “mantenciones” o “reparaciones”, ya que en ese mismo código ONU, se incluye tanto la compra de equipos, como las mantenciones a los mismos.

Figura 1: Cantidad de OC relacionadas a compras  de camas código ONU 42192207 (catres eléctricos), excluyendo mantenciones y reparaciones, agrupadas por rango de precio unitario por cama de 500.000, periodo 2014-2019 Fuente: Elaboración propia en base a Órdenes de compra de Mercado Público

Como muestra figura 1, hay una amplia variabilidad de precios unitarios por cama. Esto se debe a que el código ONU es sumamente genérico, por lo que es difícil hacer comparables las compras de diferentes tipos de camillas pues estas cuentan con diferentes características y prestaciones. Es decir, pese a que incluso en la descripción se pueden asimilar, hay otras características que no necesariamente quedan detalladas en esa descripción.

Frente a esta dificultad tomamos otro enfoque, el cual consistió en elegir las camas vendidas por ese proveedor en los últimos 5 años, con descripciones similares.

Figura 2: Precio unitario promedio de camas vendidas por Stryker al Estado, correspondientes al modelo SV2 Fuente: Elaboración propia en base a Órdenes de compra de Mercado Público

Vemos que el precio promedio unitario por cama ha ido bajando, por lo que no pareciera ser un precio fuera de lo normal, para una cama de las características particulares de esta transacción.

Conclusiones

Todos sabemos la importancia de un alto nivel de transparencia respecto de los actos administrativos. En momentos de crisis, con un elevado gasto público adicional, es especialmente relevante atender este principio para no debilitar la confianza de la ciudadanía en las instituciones, lo cual resulta crítico en la situación actual.

En este caso, no obstante, no nos fue posible encontrar una resolución correspondiente al arriendo de espacio, ni tampoco el documento de compromiso (orden de compra) en la plataforma de Mercado Público - pese a que el recinto ya está siendo ocupado. Lo anterior crea una especulación y desconfianza que es innecesaria, y que el Ejecutivo debería ir evitando al atenerse estrictamente a los protocolos de transparencia vigentes.

Asimismo, respecto a la compra de camas, vemos con preocupación que no podemos llegar a una conclusión clara sobre si el precio pagado fue el adecuado o no, porque la comparación terminaría siendo entre productos de muy disímiles características, lo que podría llevarnos a conclusiones erradas. Esto deriva en un problema de transparencia, que urge abordar tanto por parte de ChileCompra y como por el Ministerio de Salud.

Como Observatorio del Gasto Fiscal estaremos entregando en los próximos días recomendaciones de transparencia específica, sobre el gasto público en esta crisis sanitaria. Desde ya, instamos a que se mejore la forma en que se registra la información de productos en Mercado Público, específicamente en la modalidad “convenio marco”, así como también en la modalidad “trato directo”, donde se compra de manera discrecional, y donde la variable “precio” resulta difícil de comparar.

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